València

Cargadores y electrolineras en planta baja o primer sótano: así es la nueva regulación de València

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VALÈNCIA. El Ayuntamiento de València prepara una nueva regulación para la implantación de cargadores eléctricos. El Plan General de la ciudad de València data de 1988, por lo que no contemplaba múltiples usos que se han ido desarrollando con el paso del tiempo tanto a nivel residencial como terciario u otros usos como el de la recarga de vehículos. Así pues, la concejalía de Urbanismo, en el marco de la modificación de las normas urbanísticas, ha decidido ordenar por primera vez el desarrollo de este servicio.

El borrador de las nuevas normas del Plan General, elaborado por la concejalía de Urbanismo que dirige Juan Giner, crea un uso urbanístico diferenciado, calificado como 'servicios de recarga eléctrica', que se corresponderán con instalaciones "particulares, individuales o comunitarias" pero también a las "estaciones de recarga gestionadas por prestadores de servicios" independientemente de si son gratuitos o pagando. Su catalogación urbanística se hace dependiendo de su potencia.

De esta manera, se distinguirán tres tipos de servicios de carga: los que se consideran de "recarga básica", con una corriente alterna de potencia máxima de 8 kW; los de "recarga eléctrica lenta", con corriente alterna de potencia máxima entre 8 y 22 kW; y los de "recarga eléctrica de alta potencia", que también reciben el nombre de electrolineras.

Este último grupo comprenderá a las instalaciones con cargadores de corriente alterna de más de 22 kW pero también los cargadores específicos de corriente continua, donde se distinguen aquellas estaciones con una potencia suministrada menor de 250 kW y las que tienen una potencia suministrada mayor.

En principio, podrán implantarse en todas las zonas de la ciudad. Ahora bien, con algunas limitaciones de compatibilidad. estas instalaciones, sean de prestación independiente o complementarias a otra actividad (aparcamiento, negocio de alquiler de vehículos, limpieza de coches...), nunca podrán ubicarse por debajo del primer sótano. En el caso de los servicios de recarga eléctrica lenta, únicamente se itirán en planta baja, y los de alta potencia estarán vetados en hoteles, viviendas turísticas y edificios residenciales -salvo en viviendas unifamiliares-.

Estaciones fotovoltaicas

Además, las nuevas normas urbanísticas también entran a regular las estaciones de producción de energía fotovoltaica, así como los almacenes de energía eléctrica. Todo ello, bajo la misma categoría urbanística, a la que deberán adscribirse las instalaciones con una potencia nominal superior a 10 kW, independientemente de si se encuentran o no conectadas a la red general.

Este nuevo uso engloba a las instalaciones "particulares, individuales o comunitarias, así como a las estaciones gestionadas por prestadores de servicios de producción, transporte, almacenamiento, suministro o comercialización de energía eléctrica, sea a título gratuito u oneroso". Y distingue dos tipos, diferenciados por la potencia máxima de generación o almacenamiento: hasta 100 kW o más de esta potencia. En cualquier caso, todas quedarán permitidas por defecto en todas las zonas de la ciudad.

 Dos operarios instalan placas solares, en una imagen de archivo. Foto: EFE

Otros nuevos usos

Los mencionados no serán las únicas novedades en el apartado de usos urbanísticos. Por ejemplo, el cambio del Plan General prevé la inclusión también del coliving, el cohousing y el flexliving, conocidas comunmente como "viviendas colaborativas", que se han ido popularizando en el sector inmobiliario pero que todavía no tenían un encaje urbanístico en la normativa. Así pues, el texto prevé que las dos primeras modalidades se enmarquen en los usos residenciales, y la última, en el uso terciario junto a las residencias.

También se regula por primera vez los coworking, asimilados en el texto a las oficinas al uso, se crea el uso de "gabinete o atelier profesional doméstico" como aquella actividad comercial ejercida por el titular en su propia vivienda, y se crean nuevas categorías de usos productivos para la industria tecnológica, el sector logístico y las actividades artesanales, al objeto de crear un marco legal claro que facilite su implantación.

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