VALÈNCIA. La Conselleria de Turisme ha incoado el expediente para dar de baja del Registro de viviendas turísticas de la Comunitat Valenciana a los 24 apartamentos proyectados en los bajos de un edificio residencial del barrio de Patraix. Según ha confirmado Turismo, la decisión llega después de que la inspección haya constatado esta semana que, transcurridos más de dos meses desde la presentación de la declaración responsable, las viviendas no habían iniciado actividad turística, tal como exige la legislación autonómica en su artículo 25.
Ahora, la empresa promotora dispone de un plazo de 15 días para presentar alegaciones antes de que se produzca la baja definitiva del registro. Se prevé que la compañía alegue puesto que sostiene que la actividad turística ya se ha iniciado. Además, existe discrepancia entre Turismo y la empresa sobre cuándo se cumplen los dos meses de plazo.
Cabe recordar que este expediente se abre por segunda vez, hace unos meses Turisme también inició el procedimiento por inactividad, pero entonces la promotora optó por solicitar la baja voluntaria del registro antes de que se resolviera el expediente, lo que permitió que el procedimiento se archivara sin penalización. Este movimiento evitó que la empresa tuviera que cumplir el plazo de tres meses de espera que impone la ley antes de volver a solicitar una nueva inscripción.
Ley de Propiedad Horizontal
De hecho, la promotora pidió de nuevo su alta en el registro justo antes de que entrase en vigor la Ley de Propiedad Horizontal, por lo que pudo evitar la obligatoriedad de contar con el respaldo de 3/5 de los propietarios de la comunidad de vecinos. En esta ocasión, si la empresa decidiese de nuevo pedir la baja voluntaria, cuando solicitara de nuevo su registro sí que tendría que certificar que cuenta con el apoyo mayoritario de los vecinos.
Por otro lado, si el expediente sigue su curso y se consuma la baja, la empresa promotora tendría que esperar tres meses antes de poder solicitar de nuevo el alta en el registro autonómico. Un margen temporal en el que podría entrar ya en vigor la nueva normativa municipal sobre viviendas turísticas, actualmente en tramitación, que no permitirá destinar todos los bajos de una misma manzana a uso turístico, lo que dificultaría todavía la futura inscripción.
No obstante, desde la empresa promotora sostienen que sí han iniciado la actividad turística e incluso que ya habrían alojado huéspedes, por lo que previsiblemente alegarán contra el expediente incoado por Turisme, para mantener la inscripción actual sin tener que iniciar de nuevo el proceso con condiciones más restrictivas.
Tal como adelantó este medio, la segunda inscripción fue posible porque el expediente contaba con una licencia de obras anterior a la moratoria municipal y un certificado de compatibilidad urbanística (CCU) emitido por una Entidad Colaboradora Urbanística (ECUV), con fecha de 17 de marzo de 2025. Aunque el documento se expidió tras la moratoria —aprobada el 28 de mayo de 2024—, su tramitación se había iniciado el 29 de abril, lo que permitió que se reconociera su validez. Esta posibilidad está contemplada en el artículo 47 bis, punto 2, del Decreto 10/2021, modificado por el Decreto ley 9/2024, que permite aportar certificados emitidos por ECUV en lugar del informe municipal, siempre que el planeamiento esté zonificado y prevea el uso turístico, como ocurre en el caso del barrio de Patraix.